- Saludo
- Funciones del Área
- Movilidad Sostenible
- Decálogo/Propuesta
- Pequeña Guía
EL DERECHO A MOVERSE
La Accesibilidad se define como la CAPACIDAD DE DESPLAZARSE CON FACILIDAD Y SIN OBSTÁCULOS FÍSICOS a un determinado lugar. Es decir, la posibilidad de tener acceso.
Aunque se inició originalmente como una necesidad básica de un único colectivo social, ha ido adquiriendo de una manera progresiva, un reconocimiento más amplio como elemento que MEJORA LA CALIDAD DE VIDA DE TODOS LOS CIUDADANOS.
Desde el punto de vista poblacional podemos decir que la accesibilidad es fundamental para un 10 % de la población, para un 40 % es necesario y para el 100 % es confortable.
La accesibilidad ES UN DERECHO PERSONAL y, como tal, debe ser tratado para conseguir la equiparación de oportunidades. Todos los ciudadanos tienen derecho a acceder sin impedimentos y de forma segura a los espacios y equipamientos públicos, así como a los lugares donde desarrollan su trabajo.
Garantizar este derecho es fundamental para EVITAR SITUACIONES DE EXCLUSIÓN SOCIAL Y LABORAL debido a una planificación deficiente de los servicios de transporte público o a un diseño inadecuado de la vía pública.
La norma UNE 170001-1:2007 de Accesibilidad Universal agrupa los requisitos de accesibilidad en cuatro apartados, conocidos como criterios DALCO. Son una herramienta de partida para identificar los aspectos a tener en cuenta para el diseño de entornos accesibles:
D: DEAMBULACIÓN
A: APREHENSIÓN
L: LOCALIZACIÓN
CO: COMUNICACIÓN
El criterio de DEAMBULACIÓN se refiere a la acción de desplazarse, entrar o salir de un lugar. Implica actuar sobre la iluminación, los pavimentos y los espacios de circulación y maniobra o sobre los cambios de plano.
Por ejemplo, accesos con escaleras o largos recorridos sin zonas de descanso impiden el acceso a personas usuarias de silla de ruedas y andadores, pero también dificultan a personas con dificultades cardiorrespiratorias o a personas con carritos de bebé.
La APREHENSIÓN se refiere a las capacidades de aprehender, alcanzar y agarrar, y engloba no sólo el alcance manual, sino también el alcance auditivo y el visual.
El criterio de LOCALIZACIÓN corresponde a la acción de identificar o encontrar lugares y objetos, poder orientarse, comprender los espacios o planificar una ruta. Para ello debemos tener en cuenta la señalización y otros medios de localización.
Este requisito puede referirse a espacios físicos en el caso de la identificación de los espacios que se pueden transitar, pero también al acceso, por ejemplo, a la información del transporte público.
Y, por último, el criterio de COMUNICACIÓN hace referencia a la transmisión, recepción e intercambio de información a través de distintos canales (oral, escrito, visual, auditivo, etc.).
En este apartado estaría incluido todo lo referente a la señalética y a la cartelería, así como todos los sistemas de aviso, alarmas, megafonía, señalización táctil, folletos, planos, …
Estos requisitos están relacionados entre sí y aparecen, en distinta medida, en todos los entornos y elementos: por ejemplo, en el diseño de una puerta encontramos requisitos de deambulación (dimensiones de la puerta), de aprehensión (diseño de la manilla), de localización (el usuario debe saber a donde lleva esa puerta antes de cruzarla) y de comunicación (el cartel de la puerta debe ser entendible).